
Estabilidad laboral reforzada y despido por bajo desempeño
Análisis empresarial de estabilidad laboral reforzada y despido por bajo desempeño, con controles, evidencia y decisiones prácticas.

Desde el 5 de marzo de 2026 rige el Decreto 223 de 2026, que reglamenta las prácticas laborales y actualiza reglas del contrato de aprendizaje. Estas son las implicaciones más relevantes para empresas en Colombia.
El 5 de marzo de 2026 entró en vigencia el Decreto 223 de 2026, expedido por el Ministerio del Trabajo para reglamentar varios puntos del Sistema Nacional de Prácticas Laborales y actualizar reglas del contrato de aprendizaje. La norma fue publicada en el Diario Oficial ese mismo día y modificó el Decreto 1072 de 2015.
La lectura empresarial importante es esta: el decreto obliga a revisar si la compañía está vinculando estudiantes bajo la figura correcta, si los documentos internos soportan bien esa relación y si la operación diaria coincide con el alcance permitido para prácticas y aprendizaje.
Fuentes oficiales base:
Muchas compañías usan practicantes, aprendices o estudiantes en etapa formativa para apoyar áreas administrativas, comerciales, operativas o jurídicas. El problema aparece cuando la figura se usa sin distinguir bien entre práctica laboral y contrato de aprendizaje, o cuando la realidad del trabajo diario desborda el alcance formativo.
En ese punto no solo existe riesgo operativo. También pueden surgir preguntas sobre:
El decreto diferencia ambas figuras y desarrolla reglas específicas para cada una. No conviene tratarlas como sinónimos.
Si la empresa usa un mismo modelo documental para todos los casos, vale la pena revisarlo. Una clasificación equivocada suele producir errores en afiliaciones, obligaciones de reporte, soportes internos y manejo de contingencias.
La Ley 2119 de 2021, en su artículo 2, ya había reforzado una alerta relevante: si las actividades de la práctica no guardan relación directa con el área de estudio del practicante, puede abrirse una discusión seria sobre la validez de la figura.
Por eso no basta con firmar un convenio o llamar al estudiante practicante. La empresa debería poder explicar:
El decreto exige más orden en la documentación. Para empresas que reciben estudiantes de universidades, instituciones técnicas o tecnológicas, esto implica revisar convenios, cartas de inicio, responsables internos y soportes de coordinación con la entidad educativa.
Si la documentación hoy es genérica o se construye caso por caso sin estándar, el riesgo de inconsistencias aumenta.
Para las compañías obligadas a gestionar cuota o a vincular aprendices, el decreto vuelve especialmente importante la consistencia entre el contrato, la etapa formativa, el seguimiento y los reportes. En la práctica, esto exige revisar si talento humano y el área usuaria están aplicando la misma lógica documental.
No es un tema meramente administrativo. Cuando la empresa no puede reconstruir con claridad cómo vinculó, acompañó o terminó la relación, la defensa frente a una reclamación se debilita.
El decreto incorpora reglas expresas sobre terminación del contrato de aprendizaje y remite, para ciertos eventos, a consecuencias indemnizatorias. Esto debería llevar a las empresas a evitar terminaciones improvisadas o decisiones basadas solo en inconformidades operativas no documentadas.
Antes de terminar de forma anticipada, conviene revisar:
El propio Decreto 223 de 2026 prevé desarrollo reglamentario adicional sobre seguridad social. Para las empresas, eso significa que este frente no debería manejarse con supuestos antiguos ni con plantillas heredadas sin validación reciente.
La recomendación prudente es revisar con talento humano y asesoría laboral qué figura está usando la compañía en cada caso y qué obligaciones concretas se activan.
Una empresa debería detenerse a revisar el tema si identifica alguna de estas situaciones:
Estas señales no prueban por sí solas un incumplimiento. Pero sí muestran un punto donde vale la pena ordenar la relación antes de que aparezca una visita, una reclamación o una auditoría interna.
Una revisión útil puede empezar por cuatro acciones concretas:
Este trabajo preventivo suele ser más eficiente que corregir la situación cuando ya existe un conflicto o cuando la empresa necesita justificar retrospectivamente cómo operó la figura.
El Decreto 223 de 2026 no debería leerse solo como una novedad técnica. Para muchas empresas es una oportunidad de ordenar prácticas que venían funcionando con criterios dispersos.
Si su compañía recibe estudiantes, administra cuota de aprendizaje o tiene dudas sobre cómo estructurar estas vinculaciones, conviene revisar de inmediato sus procesos con apoyo de derecho laboral para empresas o mediante nuestro servicio de outsourcing legal empresarial. También puede contactarnos si ya existe una situación puntual que necesite análisis.
Publicado por
Equipo Legal Abogados
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